Publicado: 07 Dic 2007, 00:26
Tienes permiso expreso y escrito por parte del autor o sus representantes para utilizar la canción en tu producción para presentarla al concurso.
Por otro lado, según las bases del concurso, es la organización del mismo la que se arroga el derecho a distribuír y explotar comercialmente la producción ganadora del concurso, obligando a los participantes a renunciar expresamente a sus derechos de autor sobre la producción presentada y seleccionada como ganadora.
Así pues, si los organizadores del concurso pretenden explotar comercialmente el producto, están obligados a pactar nuevas condiciones con los representantes del propietario de los derechos de autor de la canción. Entre otras cosas, porque tu autorización se limita a la presentación al concurso. Y por otro lado, porque desde el momento en que la titularidad de la propiedad intelectual de tu producción pase a la organización, es ésta la que debe pagar los derechos que correspondan, dado que es la persona jurídica que se va a beneficiar de la potencial distribución y es quien asume la dirección de dicha explotación comercial.
En otras palabras, tú quedas exhonerado de responsabilidad en el momento en que renuncias al producto y a su propiedad intelectual (lo que se dará si ganas el concurso). Tienes permiso del autor. Pero este permiso no se extiende a otros ámbitos ni libera a la organizadora del concurso a pactar si pretende una explotación comercial del proyecto ganador a posteriori.
Saludos.
Por otro lado, según las bases del concurso, es la organización del mismo la que se arroga el derecho a distribuír y explotar comercialmente la producción ganadora del concurso, obligando a los participantes a renunciar expresamente a sus derechos de autor sobre la producción presentada y seleccionada como ganadora.
Así pues, si los organizadores del concurso pretenden explotar comercialmente el producto, están obligados a pactar nuevas condiciones con los representantes del propietario de los derechos de autor de la canción. Entre otras cosas, porque tu autorización se limita a la presentación al concurso. Y por otro lado, porque desde el momento en que la titularidad de la propiedad intelectual de tu producción pase a la organización, es ésta la que debe pagar los derechos que correspondan, dado que es la persona jurídica que se va a beneficiar de la potencial distribución y es quien asume la dirección de dicha explotación comercial.
En otras palabras, tú quedas exhonerado de responsabilidad en el momento en que renuncias al producto y a su propiedad intelectual (lo que se dará si ganas el concurso). Tienes permiso del autor. Pero este permiso no se extiende a otros ámbitos ni libera a la organizadora del concurso a pactar si pretende una explotación comercial del proyecto ganador a posteriori.
Saludos.